ESTUDIO JURIDICO DIKÈ & ASOSC.-LA PLATA-ABOGADOS-
Dr. GABRIEL DARIO OVIEDO
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Cuando el inquilino no paga los alquileres adeudados, sin perjuicio de poder iniciar un juicio de desalojo por falta de pago, corresponde iniciar un "juicio ejecutivo por cobro de alquileres", en el cual se le reclaman no solo los alquileres adeudados, sino también los impuestos, expensas y servicios que se encuentran a su cargo, los cuales se van devengando mes a mes hasta la fecha de entrega del inmueble al propietario.
Los alquileres son títulos ejecutivos por sí mismos, por lo que un juicio ejecutivo por cobro de alquileres, es relativamente rápido.
Hay determinadas cuestiones a tener en cuenta a la hora de suscribir el contrato de locación a los fines de poder hacer efectivo el cobro a través de este juicio ejecutivo.
De lo contrario tendremos una hermosa sentencia de trance y remate contra un incobrable.
Por tal razón aconsejo que dicho contrato de locación sea siempre redactado por un profesional del derecho, ya que tomará los mayores recaudos para cubrir al propietario del incumplimiento del inquilino.